Fin del plazo de adaptación en relación al actual Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, sobre seguridad industrial.
El pasado 1 de julio finalizó el plazo de adaptación de empresas en materia de seguridad industrial y protección contra incendios tras la publicación en el BOE, el pasado año del nuevo Real Decreto 298/2021, de 27 de abril.
El 28 de abril de 2021 se hacía público en el Boletín Oficial del Estado la nueva normativa que definiría la seguridad y protección en industrias, así como la reforma del Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios (RIPCI).
- En primer lugar, el RD 298/2021 actualizaría hasta 12 artículos y normas referentes a la seguridad industrial. Estas modificaciones intervendrían en la actividad de instaladoras de baja y alta tensión, así como de otras ocupadas del mantenimiento de ascensores, grúas, etc.
- Por otro lado, en cuanto a los cambios en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, se modificarían los artículos: 10.1, 11.2, 15.1, 16, y el anexo III. Asimismo, se agregaría un nuevo anexo (el IV), que detalla los requisitos y conocimientos base y necesarios para ejercer como operario en dicha actividad.
Por todo ello, aprovechamos desde aquí para recordar a empresas y organizaciones, que ejercen en el sector, la obligatoriedad de adaptación a la nueva reforma desde el pasado viernes 1 de julio de 2022.
¿Te llamamos?
Pídenos una cita
¿Deseas implantar la norma ISO 9001 en tu organización? Rellena este formulario y nos pondremos en contacto contigo. ¡Juntos lo vamos a conseguir!