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; Seguridad industrial: Fin del plazo de adaptación al RD 298/2021
Seguridad industrial: Fin del plazo de adaptación al RD 298/2021

Seguridad industrial: Fin del plazo de adaptación al RD 298/2021

Fin del plazo de adaptación en relación al actual Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, sobre seguridad industrial.

El pasado 1 de julio finalizó el plazo de adaptación de empresas en materia de seguridad industrial y protección contra incendios tras la publicación en el BOE, el pasado año del nuevo Real Decreto 298/2021, de 27 de abril.

El 28 de abril de 2021 se hacía público en el Boletín Oficial del Estado la nueva normativa que definiría la seguridad y protección en industrias, así como la reforma del Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios (RIPCI).

  • En primer lugar, el RD 298/2021 actualizaría hasta 12 artículos y normas referentes a la seguridad industrial. Estas modificaciones intervendrían en la actividad de instaladoras de baja y alta tensión, así como de otras ocupadas del mantenimiento de ascensores, grúas, etc.
  • Por otro lado, en cuanto a los cambios en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, se modificarían los artículos: 10.1, 11.2, 15.1, 16, y el anexo III. Asimismo, se agregaría un nuevo anexo (el IV), que detalla los requisitos y conocimientos base y necesarios para ejercer como operario en dicha actividad.

Por todo ello, aprovechamos desde aquí para recordar a empresas y organizaciones, que ejercen en el sector, la obligatoriedad de adaptación a la nueva reforma desde el pasado viernes 1 de julio de 2022.

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